Ayudas para parados en 2019

Descubre todas las prestaciones disponibles este año para las personas en situación de desempleo.

Quedarse sin trabajo es casi siempre una mala noticia. Si te encuentras en esa tesitura, la situación ideal es dar con otro empleo lo antes posible. Desafortunadamente, no es tan sencillo encadenar dos trabajos de forma casi instantánea. La buena noticia es que en muchos casos puede recurrirse al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), el antiguo Instituto Nacional de Empleo (INEM).
ayudas parados 2019Así, además de la prestación contributiva, más conocida como ‘el paro’, podrás cobrar el subsidio por desempleo, la ayuda para parados de mayores de 52 años o el plan Prepara, entre otras prestaciones. Aquí te contamos todas las ayudas para parados en 2019.

La prestación contributiva, el paro

En primer lugar, la más habitual. La prestación contributiva, el paro, que es la que un trabajador percibe tras haber estado cotizando a la Seguridad Social y haberse extinguido su relación laboral con la empresa correspondiente. Esta pérdida del empleo debe ser involuntaria, es decir, que el paro no se cobra si un trabajador abandona libremente su puesto. Además, el empleado debe haber cotizado un mínimo de 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo. Aquí puedes saber más sobre los días cotizados para cobrar el paro.

El subsidio por desempleo

En cambio, si has trabajado menos de un año, puedes solicitar otra ayuda que se denomina subsidio por desempleo. No obstante, que accedas a ella o no, así como la duración de la misma, irá en función del tiempo cotizado y de tu situación personal. De este modo, deberás haber cotizado al menos 3 meses si tienes cargas familiares y un semestre si no las acreditas. Así que se trata de un subsidio por cotización insuficiente. Descubre las diferencias entre la prestación contributiva del paro y el subsidio por desempleo.
Ayudas parados en 2019

El subsidio de ayuda familiar

El subsidio familiar, conocido popularmente como ‘ayuda familiar’ para desempleados sin ingresos en esa situación laboral requiere que a los solicitantes se les haya agotado el paro, la prestación contributiva, o que no pueden percibirlo porque cuentan con cotizaciones superiores a tres meses, pero sin alcanzar el año que se exige para cobrarlo. Como su propio nombre indica, esta prestación está destinada a parados con responsabilidades familiares, que pueden tener derecho a una ayuda de 430 euros al mes. Aquí te damos más detalles sobre el subsidio familiar para desempleados.

Ayudas para parados de larga duración

Aunque muchas veces suelen asociarse con los parados mayores de 45 años, los desempleados de larga duración son en realidad aquellas personas que, de manera constante durante un periodo superior a doce meses se encuentran inscritas como demandantes de trabajo en el SEPE, sin importar la edad o el perfil profesional que acrediten.

Los apoyos con los que cuentan las personas que se encuentran en esta situación, es decir, que son parados de larga duración son tres: el plan Prepara, el PAE y la RAI.

El plan Prepara

El Programa de Recuperación Profesional, más conocido como el plan Prepara, ofrece una ayuda de 400 euros -o de 450 si se tienen cargas familiares- a los parados de larga duración que han agotado el resto de prestaciones por desempleo. Aquí puedes ampliar información sobre el plan Prepara.

El Programa de Activación para el Empleo

Por su parte, el Programa de Activación para el Empleo (PAE) ofrece 426 euros a los desempleados con cargas familiares que hayan agotado el paro y las prestaciones del plan Prepara. El PAE no sólo implica esa ayuda, sino que es un plan extraordinario de carácter temporal dirigido, como ya se ha indicado, a personas desempleadas de larga duración que también comprende políticas activas de empleo e intermediación laboral gestionadas por los Servicios Públicos de Empleo. El objetivo es incrementar las oportunidades de retorno al mercado de trabajo.

La Renta Activa de Inserción

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda de carácter extraordinario destinada a personas con dificultad para encontrar trabajo y que se encuentran en situación de necesidad económica. Esta ayuda es un ingreso de último recurso para quienes están en el paro pero no tienen derecho ni a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo. La cuantía de la RAI asciende en 2019 al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), es decir, 430,27 euros al mes.
Ayudas para parados 2019

El subsidio para desempleados mayores de 45 años

Este subsidio está destinado a quienes acaban de agotar la ya explicada prestación contributiva -el paro- y cuentan con más de 45 años de edad, carecen de rentas y no tienen responsabilidades familiares. Si cuentas con ellas, debes solicitar el citado subsidio de ayuda familiar, que resulta más beneficioso.

La ayuda para parados mayores de 52 años

La principal novedad introducida en 2019 por el Gobierno en este subsidio es precisamente que pasa a incluir a las personas sin empleo que rebasen los 52 años, tope que hasta el momento alcanzaba los 55 años de edad. Además, los beneficiarios de este subsidio ya no tendrán la obligación de jubilarse anticipadamente ni verán recortada su pensión. Asimismo, podrán cobrar la ayuda hasta la edad legal ordinaria de retiro

El subsidio para emigrantes retornados

Si eres un español que regresa de un país extranjero, puedes acceder al subsidio para emigrantes retornados. Siempre que no tengas derecho a la prestación contributiva por haber cotizado por desempleo menos de 360 días en los seis años anteriores a tu salida de España. El importe de esta ayuda alcanza en 2019 el 80% del IPREM es decir, 430,27 euros al mes.

El subsidio agrario y la renta agraria

Tras agotar el paro, el trabajador agrario podrá solicitar el subsidio agrícola, dado que no es posible percibir el subsidio por desempleo en este caso. Su nombre oficial es el Plan de Fomento del Empleo Agrario (PFEA), más conocido como Plan de Empleo Rural (PER), su antigua denominación. De nuevo, el montante de la ayuda para 2019 es del 80% del IPREM es decir, 430,27 euros al mes. Esta ayuda se encuentra limitada a los eventuales andaluces y extremeños afiliados al Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social.
Ayudas para parados en 2019En cuanto a la renta agraria, es una prestación por desempleo que tiene por objeto proteger al trabajador eventual agrario que reside en Andalucía o Extremadura. En función del número de jornadas trabajadas, la cuantía queda como sigue:

De 35/64 80% del IPREM……………………430, 27 euros
De 65/94 85% del IPREM………………..….457,16 euros
De 95/124 91% del IPREM……………………489.43 euros
De 125/154 96% del IPREM……………………516,32 euros
De 155/179 101% del IPREM………………….543,21 euros
Desde 180 107% del IPREM………………….575,48 euros

Subsidio para los liberados de prisión

Si has salido de la cárcel, puedes acceder al subsidio para los liberados de prisión. La ayuda también se sitúa en 430,27 euros durante seis meses prorrogables por otros dos periodos de igual duración hasta un máximo de 18.

El paro de los autónomos

Finalmente, si eres un profesional por cuenta propia y te has quedado sin empleo, tienes derecho igualmente a cobrar el paro. Es más, las nuevas medidas introducidas por el Ejecutivo de Pedro Sánchez que entran en vigor este año te permitirán cotizar de forma similar a los asalariados. Así, a los autónomos se les añaden las contingencias comunes, la incapacidad temporal, el accidente profesional y las enfermedades profesionales, la formación y el paro.

Con una subida en el presente ejercicio del 1,25% (5,36 euros al mes o 64 euros al año) de la base mínima (dos de cada tres empleados por cuenta propia cotizan por ella), ésta queda en 944,3 euros. A cambio, entre otros beneficios, el paro de los autónomos se extiende de 12 a 24 meses.

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