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Prestación por paro

La prestación por paro pese a que el desempleo ha crecido notablemente mes a mes, estas cayeron si las prestaciones por paro cayeron hasta el 1,3 %, y el gasto en prestaciones por desempleo creció hasta los 2.584 millones de euros en el pasado mes de diciembre de 2011 al comparar con diciembre de 2010 es que se da esta caída del 1,3%.

La cantidad de perceptores de la prestaciones por desempleo al cierre de 2011 era de 2.927.098 parados, un 2,9 % menos medido con el cierre de 2010. Hay que esperar los datos del primer mes de 2012 que vio crecer otra vez la cantidad de parados.

En cuanto al gasto medio por mes y por cada beneficiario aunque se excluye al subsidio agrario de Andalucía y Extremadura quedó en los 907,93 euros, lo que significa que aumentó el 1,8% y fueron 15,9 euros más. No parece que la prestación por paro en 2012 fuera a mostrarse mejor si la tasa de paro de enero 2012 no fue nada buena se espera que resulte el nuevo plan de empleo de la UE.

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Prestación por paro 2012

La prestación por paro 2012 es una de las dudas que tienen los millones de parados y en especial al haber circulado el rumor de recortes en la prestación por paro algo que el ministerio de Trabajo ya desmintió al decir que la partida para prestaciones por desempleo no se tocará; además de que en la reforma laboral que se está elaborando el Gobierno no la modificará.

En cuanto a alguna novedad sobre la prestación por desempleo fuera de cualquiera modificación es la lucha contra el fraude y vigilar a los personas que cobren prestaciones de manera indebida. De manera que todos los que tengan derecho a la prestación por desempleo podrán cobrarla sin problemas y como hasta ahora.

Esto alivia las dudas para los que cobran ya que el Gobierno confirma que no recortará las prestaciones por paro, solo habrá actuaciones contra el fraude, hoy no podría recortarse las prestaciones por desempleo aunque en otro momento y con menos paro podría darse al existir una necesidad de bajar el gasto, solo se castigará a los que se aprovechan y cobran la prestación por paro cuando no les corresponde.

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Días cotizados para cobrar el paro 2012

No hay discusión la tasa de paro de 2011 en España acaba en el 22,5%, lo que en número de parados son más de 5,2 millones de parados. El cuarto trimestre la tasa de paro cerró el ejercicio 2011 con ese 22,5%, al ver los números que ofrece la Asociación de Grandes Empresas de Trabajo Temporal (Agett). Son muchos los parados que con el comienzo de 2012 se preguntan cuales son los días cotizados para cobrar el paro en 2012.

Los parados que buscan saber cuales son los días cotizados para cobrar el paro en 2012, las cantidades que pueden cobrar del desempleo en este 2012; hay una cantidad máxima y una mínima a cobrar del paro en 2012, la llamada prestación por desempleo:

La cantidad mínima mensual de la prestación por desempleo a cobrar dependerá de esto:
Sin hijos a cargo: 497 euros
Con hijos, un mínimo de un hijo a cargo: 664,74 euros.

Cantidad máxima mensual de la prestación por desempleo:
Sin hijos a cargo: 1087,20 euros.
Con un hijo a cargo: 1242,52 euros.
Con dos o más hijos a cargo: 1397,83 euros.

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Solicitar cita con el Servicio Público de Empleo estatal

Todos los que por causa del paro deban recurrir al Servicio Público de Empleo Estatal tienen la posibilidad de aprovechar la nueva implantación y solicitar  cita previa para atender en las oficinas de Gipuzkoa, de esta manera podrá pedir cita previa mediante la Web www.sepe.es o por teléfono 901 01 02 10.

Para concertar la entrevista se solicita el DNI y el código postal del domicilio del solicitante de la misma con la que le podrán asignarle la oficina a la que deba concurrir. Esta cita previa puede pedirse mediante www.sepe.es o por teléfono 901 01 02 10, de 16.00 horas a las 09.00 horas del día siguiente.

Esta es la novedad que ha comunicado el Servicio Público de Empleo Estatal-SEPE en Gipuzkoa que desde el pasado 7 de noviembre, están vigente las gestiones y trámites en sus oficinas de prestaciones sobre el derecho al cobro de las prestaciones y subsidios por desempleo, utilizando la posibilidad de solicitar cita previa con el Servicio Público de Empleo estatal. La Dirección Provincial del SEPE en Gipuzkoa ha sido la primera de los tres Territorios Históricos que decide aplicar este tipo de cita previa modalidad de gestión, que ofrecen las demás provincias de la región.

Una de las mejoras introducidas por esta nueva manera de gestión, se acortó el plazo de demora para el reconocimiento del derecho a prestaciones y subsidios por desempleo, bajando de los 8 días de media mensual que se daba en 2008 a los actuales 2 días en septiembre de 2011.

La nueva forma de gestionar las citas y trámites se viene implantando en varios territorios de España, y en especial en el último año, habiendo generado más de 1.400.000 citas previas, de ellas un 58% fueron solicitadas a partir de Internet mejorando la tramitación.

En Gipuzkoa, hay  de media un total de 26.000 beneficiarios de prestaciones y subsidios por desempleo mejorando notoriamente los datos de 2008 cuando eran 16.900, mensualmente se registra una media de 19.600 solicitudes iniciales y reanudaciones del derecho a prestaciones hace 3 años esta cifra llegaba a los 5.400. Además de unas 35.000 atenciones de modo presencial para consultas, tramitaciones asociadas al derecho al cobro de prestaciones por desempleo.

Este tipo de prestaciones crecieron en 30.777.000,00 euros en julio de este 2011, medido con julio de 2008 que llegaban a las 18.608.000,00 euros de prestaciones, el total es de 370.000.000,00 euros por este motivo.

Este sistema de cita previa está vigente a partir del pasado 2 de noviembre, en varias oficinas de la provincia ya para el pasado 7 de noviembre está  totalmente en marcha en las 12 Oficinas de Prestaciones del SEPE en Gipuzkoa, con esto los ciudadanos pueden ser atendidos con cita previa únicamente. Los potenciales usuarios recibieron de parte de la Dirección Provincial alguna de las 24.000 personas beneficiarias de prestaciones por desempleo.

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Como calcular el paro que me toca

Una de las grandes dudas de cualquier trabajador pasa por calcular la prestación por desempleo que cobrará en caso de quedarse en paro. Lo primero que debemos tener en cuenta es que el importe del paro dependerá de la nómina de cada trabajador y más concretamente de la base reguladora.

La guía informativa de los Servicios Públicos de Empleo Estatal (SEPE) sobre la prestación por desempleo explica que la cuantía del paro se calcula a través de la base reguladora, para lo que debemos sumar las bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días cotizados a la Seguridad Social y dividiendo entre 180. El importe diario de la prestación por desempleo es el 70% de la base reguladora durante los 6 primeros meses de derecho, y el 60 % a partir de dicho período.

Sin embargo, existen una serie de límites a la hora de fijar la cuantía del paro. De esta forma, quienes hayan empezado a cobrar el paro en 2011 nunca podrán percibir menos de las siguientes cantidades:

  • Sin hijos a cargo: 497 €
  • Con hijos a cargo: 664,74 €

Por el contrario, el importe máximo de la prestación será el siguiente:

  • Sin hijos a cargo: 1.087,20 €
  • Con hijo a cargo: 1.242,52 €
  • Con dos o más hijos a cargo: 1.397,83 €

A estas cantidades deberán aplicarse dos deducciones, la parte de cotización a la Seguridad Social a cargo del parado y la retención de IRPF cuando fuese necesario.

En cualquier caso, para quienes todos estos números resulten demasiado enfarragosos, existen calculadoras del paro que permiten calcular la prestación por desempleo de forma automática. El propio SEPE dispone a través de REd Trabaj@ de un programa de autocálculo de la prestación por desempleo al que se puede acceder aquí.

Imagen - LordFerguson en Flickr

Pedir el paro online

Poco a poco las administraciones públicas avanzan en la sociedad de la información y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), antes conocido como el INEM es quizás el mejor ejemplo. El organismo se ha modernizado para permitir realizar la mayoría de sus trámites de forma telemática, lo que incluye  solicitar el paro.

A través de su página web y de Red Trabaj@ es posible solicitar el paro a través de internet de forma sencilla y rápida. Se puede pedir tanto las prestaciones contributivas como el subsidio por desempleo, el pago único de la prestación por desempleo e incluso la renta activa de inserción.

Desde SEPE explican cómo pedir el paro en cuatro pasos y en Red Trabaj@ cada tipo de prestación cuenta con su propio manual. Para poder completar el proceso de forma exclusivamente telemática será necesario contar con alguno de los siguientes elementos:
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Pedir el paro por internet

Aunque quedarse en paro nunca es una buena noticia, por lo menos los nuevos desempleados pueden ya evitarse largas esperas en las oficinas del antiguo INEM.

A partir del plan de modernización del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE), puesto en marcha desde 2006 por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales promocionado con el lema “No esperarás”, se puede decir que todas las Comunidades Autónomas ofrecen dicha posibilidad, ya que su finalidad pretende potenciar la información, simplificar los trámites y una mejor atención. Así, se puede renovar el paro por internet y pedir el paro online.

El primer paso es registrarse en el servicio de empleo de su comunidad bajo demandante de empleo. Ya que es imprescindible para poder solicitar y percibir prestaciones por desempleo. Una vez hecho, para poder iniciar es necesario contar con DNI electrónico, certificado digital o usuario y contraseña de SEPE o redtrabaj@, algo que se puede pedir en las propias oficinas del antiguo INEM.

Los trámites para solicitar el paro a través de internet deben hacerse en la página web de SEPE o en redtrabaj@ en la pestaña superior de ‘Prestaciones’. El proceso es muy sencillo y consta de 13 pasos incluyendo identificar el tipo de prestación que se solicita y rellenar varias páginas con datos personales como dirección, cuenta en la que se realizará el ingreso del paro o número de hijos, entre otros.

El proceso pedirá a continuación que se adjunten los documentos necesarios para cobrar el paro como son la carta de despido de la empresa y el impreso de solicitud (en este caso este papel no sería necesario). La siguiente imagen muestra cómo se hace:

Después será necesario confirmar la solicitud, tras lo cuál se podrá visualizar la misma y obtener un resguardo que deja constancia de la tramitación realizada por Internet, tal y como se puede ver en los dos siguientes pantallazos.

El paro en la declaración de la renta

Cuando una persona está en el paro lo último que piensa es que la declaración de la renta pueda suponer un problema. ¿Acaso no es suficiente con estar sin trabajo? La respuesta es un claro no y el motivo es que la prestación por desempleo también se incluye en la declaración de IRPF y generalmente suele dar pie a más de una sorpresa.

El INEM actúa como un pagador más a la hora de computar los ingresos del paro en la declaración de la renta y del mismo modo la prestación por desempleo se suma a las rentas del trabajo con su aportación a la seguridad social y su retención de IRPF. Y precisamente aquí es donde suele encontrarse el mayor problema, ya que la prestación por desempleo apenas incluye retención de IRPF y si hace suele ser del mínimo del 2%. De esta forma, es como un sueldo que el contribuyente percibe pero sobre el que no se le practica prácticamente ninguna retención y por el que después tendrá que ‘devolver’ a Hacienda esa cantidad no retenida. Y es que el tratamiento del paro no es diferente a la del sueldo a efectos fiscales.

Aunque el ejercicio fiscal 2008 ya está cerrado y poco se puede hacer para compensar los datos que se presentarán a la Agencia Tributaria, siempre es mejor ser previsor y por lo menos conocer por adelantado el resultado de la declaración de IRPF. La mejor forma para hacerlo es solicitar el borrador de la renta. El plazo para hacerlo se abre el próximo 2 de marzo y finaliza el 23 de junio.

El borrador de la declaración es una herramienta muy útil para saber los datos fiscales con los que cuenta la AEAT y para probar diferentes opciones de desgravación. En el fondo, es un buen punto de partida para planificar la declaración de IRPF y por lo menos empezar a ahorrar en caso de que haya que pagar.

El borrador de la renta se puede solicitar marcando la casilla 86 de la declaración de la renta del año anterior, aunque quienes no lo hicieron tienen ahora una nueva oportunidad a partir del 2 de marzo. En este punto hay dos fórmulas de acceder al borrador. La primera es. La primera es cumplimentar el modelo 104 entre el 2 de marzo y el 2 de abril, según indica el calendario del contribuyente 2009 de la AEAT.

También se puede pedir el borrador sin cumplimentar el modelo 104 para lo que el plazo está abierto desde el 2 de marzo hasta el 23 de junio. Las alternativas aquí son varias:

Internet, a través de la página web de la AEAT.

TDT o Televisión Digital Terrestre, para lo que Hacienda ha elaborado un útil manual.

Por teléfono en la línea de atención 24 horas 901 12 12 24 o en el 901 200 345 disponible en horario comercial

En cualquier oficina de la AEAT.

Tiempo de paro

La duración de la prestación variará en función de las cotizaciones por desempleo efectuadas por el trabajador en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar. Si en ese período de tiempo se hubiera cobrado una prestación por desempleo, se tendrán en cuenta las cotizaciones habidas desde el nacimiento del derecho a dicha prestación.

Para determinar la duración se aplicará la siguiente escala:

  • Desde 360 hasta 539 días trabajados: 120 días de subsidio.
  • Desde 540 hasta 719 días trabajados: 180 días de subsidio.
  • Desde 720 hasta 899 días trabajados: 240 días de subsidio.
  • Desde 900 hasta 1.079 días trabajados: 300 días de subsidio.
  • Desde 1.080 hasta 1.259 días trabajados: 360 días de subsidio.
  • Desde 1.260 hasta 1.439 días trabajados: 420 días de subsidio.
  • Desde 1.440 hasta 1.619 días trabajados: 480 días de subsidio.
  • Desde 1.620 hasta 1.799 días trabajados: 540 días de subsidio.
  • Desde 1.800 hasta 1.979 días trabajados: 600 días de subsidio.
  • Desde 1.980 hasta 2.159 días trabajados: 660 días de subsidio.
  • Desde 2.160 días trabajados: 720 días de subsidio.

En cualquier caso habrá que tener en cuenta los siguientes matices:

  • Sólo se valorarán las cotizaciones que no hayan sido computadas para el reconocimiento de un derecho a prestaciones anterior.
  • Los días de vacaciones retribuidos y no disfrutados se considerarán periodos de ocupación cotizada.
  • No se computarán las cotizaciones efectuadas por el SPEE y el trabajador durante los periodos de abono de la prestación por desempleo.
  • En colectivos de emigrantes retornados y liberados de prisión la duración del derecho se determinará en función de las cotizaciones correspondientes a los seis años anteriores a la salida de España o al ingreso en prisión respectivamente, salvo cuando los trabajadores tengan cotizaciones computables en el extranjero o en prisión, en cuyo caso, los seis años hacia atrás se calcularán desde la fecha que finalice la relación laboral.

NOTA: El INEM, a través de Red Trabaja ofrece un programa de autocálculo de la prestación contributiva o simulador, que proporciona información personalizada y no vinculante acerca de la duración y cuantía de un derecho a prestación contributiva, calculadas mediante la contestación a una serie de preguntas básicas y muy sencillas.

También puede calcular el paro a través de nuestra herramienta, donde además se atienden las dudas de los lectores.

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