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Publicado por admin - 16/06/11 a las 12:06:39 pm
Los avances en la administración digital hacen que sellar el paro a través de internet sea hoy una realidad en la mayoría de comunidades autónomas. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) establece que es necesario renovar la demanda de desempleo cada tres meses e impone sanciones en caso de no hacerlo, empezando por la pérdida de un mes de prestación.
Para sellar el paro online es necesario haberse dado de alta en redtrabj@ con Certificado Digital o DNI Electrónico, tras lo cual se facilitará un nombre de usuario y contraseña (este trámite también puede hacerse en las oficinas de SEPE). Como explican desde redtrabaj@ se puede renovar la demanda en el apartado “Trámites de Demanda” de la página pulsando en el botón “renovar”, para lo que previamente habrá que haberse identificado en redtrabaj@.
Tras realizar la renovación el sistema emite un documento llamado DARDE (Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo) que servirá como resguardo de la operación realizada y que se debe conservar. Este papel refleja la fecha en la que se ha renovado el paro y la de la próxima renovación.
La posibilidad de realizar este trámite online depende de la comunidad autónoma, ya que esta es una de las responsabilidad transferidas a las CCAA. Por eso mismo aquí os dejamos los enlaces para acceder a los servicios de empleo de cada una de ellas.
Más información en el Servicio Público de Empleo Estatal o en redtrabaj@.
Fecha de publicacion: junio 16, 2011
Categorias: Cobrar el paro, Desempleo
Tags:
Tags: Desempleo, INEM, paro, Red Trabaja, renovar demanda de desempleo, sellar el paro, SEPE, spee, trámites online
Publicado por JT - 15/06/11 a las 11:06:18 am
Poco a poco las administraciones públicas avanzan en la sociedad de la información y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), antes conocido como el INEM es quizás el mejor ejemplo. El organismo se ha modernizado para permitir realizar la mayoría de sus trámites de forma telemática, lo que incluye solicitar el paro.
A través de su página web y de Red Trabaj@ es posible solicitar el paro a través de internet de forma sencilla y rápida. Se puede pedir tanto las prestaciones contributivas como el subsidio por desempleo, el pago único de la prestación por desempleo e incluso la renta activa de inserción.
Desde SEPE explican cómo pedir el paro en cuatro pasos y en Red Trabaj@ cada tipo de prestación cuenta con su propio manual. Para poder completar el proceso de forma exclusivamente telemática será necesario contar con alguno de los siguientes elementos:
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Publicado por admin - 16/01/11 a las 11:01:05 am
Pedir el paro por internet es posible de forma rápida y sencilla a través de las páginas wen del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y de Red Trabaj@. Se trata de un servicio que está disponible para todos los ciudadanos pero que para tramitarlo es necesario contar con DNI Electrónico, Certificado Digigal o Usuario y Contraseña en cualquiera de ambos sitios (se puede conseguir en las oficinas del antiguo INEM).
Una vez se cuenten con cualquiera de estos medios sólo será necesario entrar en la página web de SEPE o redtrbaj@ y acceder a la pestaña de “Prestaciones”, donde hay un apartado específico para solicitar el paro online. El proceso se inicia eligiendo el tipo de prestación que se quiere pedir, tras lo cual habrá que facilitar una serie de datos personales que van desde el nombre y apellidos o DNI hasta el número de cuenta en el que cobrar el paro.

Tras rellenar esta información se pasará adjuntar la documentación necesaria para obtener la prestación, tal y como se muestra en la siguiente captura de pantalla.

Después será necesario confirmar la solicitud, tras lo cual se puede visualizar la misma como si se tratase de un documento original y obtener el resguardo por la tramitación que se ha llevado a cabo.



Publicado por fabian - 20/05/10 a las 08:05:29 pm

Red Trabaja, es una de las actuales y mejores oportunidades de obtener empleo y hacerse de consejos para todos los parados que actualmente forman parte de la fila de desocupados.
Esta es una iniciativa del Gobierno y por ello ha puesto en marcha el proyecto “Red Trabaja.es”, ofrece muchos servicios, consejos a los desempleados como el poder solicitar su prestación sin acudir a las oficinas del INEM.
Una de sus principales ventajas hacia los parados es la de facilitar la búsqueda de trabajo además de ofrecer un servicio de formación sobre autoempleo y a las empresas poder publicar sus ofertas.
Entre los servicios que ofrece actualmente:
-Buscar Ofertas de Empleo
-Trámites Prestaciones Desempleo
-Cómo Buscar Trabajo
-Evalúa Tu Perfil Emprendedor
-Alta de Candidatos
-Autoempleo
-Nuevas Ayudas a Emprendedores
Servicios Para Empresas:
-Publicación Gratuita de Ofertas
-Registro Rápido de Empresas
-Acceso a Contrat@
-Acceso a Trámites Certific@2
-Certificados de Empresas en Línea
Publicado por JT - 20/10/09 a las 10:10:15 am
Entre las ventajas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) respecto al antiguo INEM figura la posibilidad de realizar muchos más trámites de forma telemática, es decir, sin necesidad de acudir a las oficinas. Uno de los más útiles es el que permite solicitar el paro por Internet y sellar el paro online.
Cualquier persona puede ya solicitar el paro a través de internet, pero para hacerlo es necesario contar con alguna fórmula de identificación digital aceptada por SEPE o Red Trabaj@ y que incluyen un Certificado Digital, DNI Electrónico o Usuario y Contraseña en la página web de SEPE o de Red Trabaj@.
Una vez se dispongan de la acreditación digital habrá que acceder a la pestaña de Prestaciones y elegir la opción de ‘Solicitar prestaciones’ en la web de SEPE y de ‘Solicitudes en línea de prestaciones’ en Red Trabaj@. El programa nos guiará a través de todo el proceso en el que el primer paso será elegir el tipo de prestación tal y como se muestra en la siguiente imagen,

Los siguientes pasos para pedir el paro online consistirán en introducir una serie de datos personales que incluyen DNI, nombre, apellidos, estado civil, domicilio y número de hijos, entre otros. A continuación, el proceso solicitará que incluyamos la documentación requerida para nuestra solicitud y que puede ser la carta de despido y el certificado de la empresa, por ejemplo. El siguiente pantallazo muestra la forma en la que deberemos anexar los datos y que no difiere en exceso de como lo haríamos para adjuntar un archivo en un correo electrónico.

Con esto el proceso quedará prácticamente cerrado a falta de confirmar la solicitud, tras lo cual se puede pedir visualizar la solicitud y, todavía más importante, el resguardo que deja constancia de la solicitud realizada por internet, como se puede ver en las siguientes imágenes.


Publicado por JM - 17/10/08 a las 02:10:54 pm
La duración de la prestación variará en función de las cotizaciones por desempleo efectuadas por el trabajador en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar. Si en ese período de tiempo se hubiera cobrado una prestación por desempleo, se tendrán en cuenta las cotizaciones habidas desde el nacimiento del derecho a dicha prestación.
Para determinar la duración se aplicará la siguiente escala:
- Desde 360 hasta 539 días trabajados: 120 días de subsidio.
- Desde 540 hasta 719 días trabajados: 180 días de subsidio.
- Desde 720 hasta 899 días trabajados: 240 días de subsidio.
- Desde 900 hasta 1.079 días trabajados: 300 días de subsidio.
- Desde 1.080 hasta 1.259 días trabajados: 360 días de subsidio.
- Desde 1.260 hasta 1.439 días trabajados: 420 días de subsidio.
- Desde 1.440 hasta 1.619 días trabajados: 480 días de subsidio.
- Desde 1.620 hasta 1.799 días trabajados: 540 días de subsidio.
- Desde 1.800 hasta 1.979 días trabajados: 600 días de subsidio.
- Desde 1.980 hasta 2.159 días trabajados: 660 días de subsidio.
- Desde 2.160 días trabajados: 720 días de subsidio.
En cualquier caso habrá que tener en cuenta los siguientes matices:
- Sólo se valorarán las cotizaciones que no hayan sido computadas para el reconocimiento de un derecho a prestaciones anterior.
- Los días de vacaciones retribuidos y no disfrutados se considerarán periodos de ocupación cotizada.
- No se computarán las cotizaciones efectuadas por el SPEE y el trabajador durante los periodos de abono de la prestación por desempleo.
- En colectivos de emigrantes retornados y liberados de prisión la duración del derecho se determinará en función de las cotizaciones correspondientes a los seis años anteriores a la salida de España o al ingreso en prisión respectivamente, salvo cuando los trabajadores tengan cotizaciones computables en el extranjero o en prisión, en cuyo caso, los seis años hacia atrás se calcularán desde la fecha que finalice la relación laboral.
NOTA: El INEM, a través de Red Trabaja ofrece un programa de autocálculo de la prestación contributiva o simulador, que proporciona información personalizada y no vinculante acerca de la duración y cuantía de un derecho a prestación contributiva, calculadas mediante la contestación a una serie de preguntas básicas y muy sencillas.
También puede calcular el paro a través de nuestra herramienta, donde además se atienden las dudas de los lectores.