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El paro y los trabajadores a tiempo parcial, un binomio perfecto

¿Se puede trabajar y cobrar el paro al mismo tiempo? Sí, pero sólo en determinadas condiciones. La respuesta puede sorprender a más de uno, pero lo cierto es que la legislación española permite cobrar la prestación o el subsidio por desempleo y trabajar a tiempo parcial de forma simultánea.

Podrán beneficiarse de esta opción los ciudadanos que, cobrando el paro, empiecen a trabajar a tiempo parcial o quienes, contando con dos trabajos a tiempo parcial pierdan uno de ellos. También podrían beneficiarse aquellas personas que pasen de un contrato a tiempo completo a otro parcial, aunque en este caso también deben darse otra serie de circunstancias adicionales, según explica el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) en su apartado de preguntas frecuentes.

Las personas que opten por trabajar a tiempo parcial y cobrar el paro deben tener en cuenta que la cuantía de prestación disminuirá en proporción al tiempo trabajado. Es decir, el antiguo INEM sólo pagaría por el porcentaje de la jornada que no se trabaje hasta la jornada completa, entendida esta como la que marque el convenio a aplicar. Así, por ejemplo, una persona que trabaje 10 horas semanales en un convenio de 40 horas estaría trabajando el 25% de la jornada que marca ese convenio y por lo que la prestación se reduciría en ese mismo porcentaje. Si la cuantía del paro fuese de 1.000 al mes, pasaría a cobrar 750 euros del INEM más lo que ganase por las 10 horas trabajadas. Y es que la ‘nueva’ prestación se sigue cobrando en base al anterior trabajo y no al de tiempo parcial.

Eso sí, el tiempo de la prestación no se alarga proporcionalmente a la cantidad que se deja de percibir. Es decir, los días de paro computan como si se cobrase todo el paro. De esta forma, por estar trabajando a tiempo parcial y percibir sólo el 25% de la prestación no aumenta el ‘tiempo de paro’.

¿Cuáles son los contratos a tiempo parcial? Según el INEM, se entienden como tales los contratos con una jornada inferior a la de un trabajador a tiempo completo comparable (que realice el mismo tipo de trabajo, con el mismo tipo de contrato, empresa y centro de trabajo). Además, estos contratos pueden firmarse por tiempo indefinido o por duración determinada.

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