Los trabajadores autónomos ya pueden cobrar el paro en este mes de noviembre, todo un alivio al ver la situación por la que atraviesan. De ahora en más todos los trabajadores autónomos que quedaran desempleados es decir en situación de paro, accederán a cobrar las prestaciones por el 70% de su base cotizada al entrar en vigencia el mes de noviembre en caso que hayan comenzado a cotizar desde hace 12 meses.
Esta es una prestación específica para los trabajadores autónomos y para nadie más que ellos, accediendo los que, debieron dejar su actividad laboral a causa de lo que se entiende como fuerza mayor, esto los iguala con la prestación por cese de actividad que tienen disponibles los trabajadores por cuenta ajena desde hace un tiempo.
La nueva prestación se da a partir de la ley de 5 de agosto de 2010 por medio de la que se establece este sistema que es específico y da una protección por cese de actividad solo para los trabajadores autónomos que pasen por ciertas situaciones que les de el derecho al cobro.
Explican que es un sistema contributivo que le da la posibilidad al trabajador autónomo que cotiza el 2,2% de su base de cotización y a los trabajadores autónomos que coticen por lo mismo verán reducida su cotización en el caso de la cobertura de incapacidad temporal en 0,5 puntos porcentuales. También se informa que la cifra de esta prestación es del 70% del promedio de bases de cotización del autónomo contando los 12 últimos meses de este.
Es un paso más para que los trabajadores autónomos tenga tanto derechos en su actividad como sin ella, tal como tienen sus derechos los trabajadores por cuenta ajena que suelen verse más favorecidos que los autónomos. Desde el mes de enero, cuando se apruebe la norma, pasarán a integrar el sistema los trabajadores autónomos agrarios, unos 150.000 trabajadores agrarios poseen cubiertas sus contingencias profesionales.
Una de las novedades es que desde al llegar a cotizar 12 meses, la prestación pasará dar la ventaja de 1 por cada 6 meses cotizados llegando en este caso hasta un máximo de 12 meses cotizados, si se tienen 4 años o más años de cotizados.
En tanto que el ente que deba gestionar la prestación deberá cubrir los costos de la cotización por contingencias comunes en todo el tiempo en que el durante el autónomo esté cobrando su prestación. Pueden beneficiarse un total de cotizantes del sistema de protección por cese de actividad que llega a los 502.263.
También existe la ventaja para los que realicen:
labores agrícolas y ganaderas, el texto establece como cese temporal de actividad el cambio de cultivo o actividad ganadera por fuerza mayor, el daño en las explotaciones agrarias o ganaderas por fuerza mayor período de erradicación de enfermedades en explotaciones ganaderas, y casos de violencia de género que determine el cese temporal de la actividad de la trabajadora afectada. Además tendrán la posibilidad los comuneros y socios de sociedades de distintos sectores agrícola y ganadera que dejaran su actividad podrán obtener por esto la prestación por cese de actividad.