La duración de la prestación variará en función de las cotizaciones por desempleo efectuadas por el trabajador en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar. Si en ese período de tiempo se hubiera cobrado una prestación por desempleo, se tendrán en cuenta las cotizaciones habidas desde el nacimiento del derecho a dicha prestación.
Para determinar la duración se aplicará la siguiente escala:
- Desde 360 hasta 539 días trabajados: 120 días de subsidio.
- Desde 540 hasta 719 días trabajados: 180 días de subsidio.
- Desde 720 hasta 899 días trabajados: 240 días de subsidio.
- Desde 900 hasta 1.079 días trabajados: 300 días de subsidio.
- Desde 1.080 hasta 1.259 días trabajados: 360 días de subsidio.
- Desde 1.260 hasta 1.439 días trabajados: 420 días de subsidio.
- Desde 1.440 hasta 1.619 días trabajados: 480 días de subsidio.
- Desde 1.620 hasta 1.799 días trabajados: 540 días de subsidio.
- Desde 1.800 hasta 1.979 días trabajados: 600 días de subsidio.
- Desde 1.980 hasta 2.159 días trabajados: 660 días de subsidio.
- Desde 2.160 días trabajados: 720 días de subsidio.
En cualquier caso habrá que tener en cuenta los siguientes matices:
- Sólo se valorarán las cotizaciones que no hayan sido computadas para el reconocimiento de un derecho a prestaciones anterior.
- Los días de vacaciones retribuidos y no disfrutados se considerarán periodos de ocupación cotizada.
- No se computarán las cotizaciones efectuadas por el SPEE y el trabajador durante los periodos de abono de la prestación por desempleo.
- En colectivos de emigrantes retornados y liberados de prisión la duración del derecho se determinará en función de las cotizaciones correspondientes a los seis años anteriores a la salida de España o al ingreso en prisión respectivamente, salvo cuando los trabajadores tengan cotizaciones computables en el extranjero o en prisión, en cuyo caso, los seis años hacia atrás se calcularán desde la fecha que finalice la relación laboral.
NOTA: El INEM, a través de Red Trabaja ofrece un programa de autocálculo de la prestación contributiva o simulador, que proporciona información personalizada y no vinculante acerca de la duración y cuantía de un derecho a prestación contributiva, calculadas mediante la contestación a una serie de preguntas básicas y muy sencillas.
También puede calcular el paro a través de nuestra herramienta, donde además se atienden las dudas de los lectores.
se puede cobrar lo sabados de desenpreo en el banco gracias
cual es la pagina web para firmar paro via internet ,.???? gracias
Hola yo estaba cobrando el para y el dia 20 empeze mi contrato de trabajo, el paro me tiene que pagar los 20 dias