Ya en un artículo anterior nos acercamos a la prestación de desempleo para autónomos, que sin duda había constituido en los últimos años un gran avance, por lo que de protección al trabajador autónomo supone.
En el citado artículo veíamos las condiciones generales para poder acceder a esta prestación por desempleo, en el presente artículo vamos a avanzar un poco más en las características principales de exigencia a la hora de acceso así como en otras cuestiones básicas de esta prestación de desempleo. Una información que consideramos interesante habida cuenta de que el paro, por supuesto, también ha llegado de manera masiva al colectivo de trabajadores autónomos.
Quién puede solicitar la prestación por cese de actividad
Son hasta cinco los colectivos que pueden acogerse a los subsidios por cese de actividad o prestación de desempleo para autónomos, se corresponderían con los siguientes;
– Los trabajadores comprendidos dentro del régimen especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA)
– Trabajadores por cuenta propia que se incluyen en el sistema especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA) que inició la cotización por cese de actividad a partir del uno de enero de 2012.
– Los trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE)
– Y por último los trabajadores que se encuentran incluidos en el régimen especial de Trabajadores del Mar
Qué duración tiene el subsidio por cese de actividad
La duración máxima de este subsidio por cese de actividades es de 12 meses, para el cálculo que extrae el número de meses a los que se tiene derecho se parte de la cotización mínima de 12 meses que proporcionará un derecho a dos meses de prestación, a partir de este punto se va a añadir un mes de prestación por cada seis meses cotizados, hasta llegar al máximo citado de 12 meses de prestación.
Aún así existe una escala, que conviene consultar, ya que en función de la edad (para mayores de 60 años fundamentalmente) el baremo la relación entre meses cotizados y derecho prestación resulta algo más flexible.
Qué importe tiene este subsidio
Con un límite máximo situado en el 175% del IPREM, la cuantía de la prestación de desempleo para trabajadores autónomos se sitúa en el 70% de la base reguladora con la que se ha cotizado en los 12 meses anteriores a la declaración de situación legal de desempleo.
Debemos tener en cuenta que es el límite máximo aumenta un 25% y un 50% respectivamente para los autónomos con un hijo o dos o más.