¿Cuanto tiempo puedo cobrar la prestacion por desempleo?

La mayoría de preguntas sobre la prestación por desempleo están relacionadas con el dinero que se cobra, pero es igual o más importante saber cuánto tiempo podrás cobrar el paro. La relación de días trabajados será la que determine tu tiempo de paro.

El paro se ha convertido en un mal endémico para España, que según los organismos internacionales todavía tardará por lo menos un lustro en bajar de tasas cercanas al 15%. Teniendo en cuenta que la media para reincorporarse al mercado laboral se acerca a los seis meses -la cosa varía mucho dependiendo del sector y la capacitación del trabajador.- saber de antemano cuánto tiempo de paro tienes más que una opción es una obligación.
Durante cuanto tiempo cobrarás el paro

Durante cuánto tiempo cobrarás el paro

El tiempo de paro está directamente ligado al número de días trabajados o, mejor dicho cotizados. Dicho de otra forma, tanto trabajas, tanto paro cobrarás, aunque la relación no es directa, sino proporcional. El tiempo de paro máximo es de dos años y para acceder a él será necesario acreditar seis años trabajados.

La relación concreta entre días cotizados y paro al que se tiene derecho es la siguiente:

  • Desde 360 hasta 539 días trabajados: 120 días de prestación.
  • Desde 540 hasta 719días trabajados: 180 días de prestación.
  • Desde 720 hasta 899días trabajados: 240 días de prestación.
  • Desde 900 hasta 1.079días trabajados: 300 días de prestación.
  • Desde 1.080 hasta 1.259días trabajados: 360 días de prestación.
  • Desde< strong>1.260 hasta 1.439días trabajados: 420 días de prestación.
  • Desde 1.440 hasta 1.619días trabajados: 480 días de prestación.
  • Desde 1.620 hasta 1.799días trabajados: 540 días de prestación.
  • Desde 1.800 hasta 1.979 días trabajados: 600 días de prestación.
  • Desde 1.980 hasta 2.159días trabajados: 660 días de prestación.
  • Desde 1.160días trabajados: 720 días de prestación.

Si trabajas a tiempo parcial no debes preocuparte, cada jornada laboral contará como un día completo, ya que lo que se tiene en cuenta es el día cotizado, no la duración de la jornada.

El tiempo de paro variará en función de las cotizaciones por empleo de los últimos seis años, aunque si durante ese tiempo se hubieran cobrado prestaciones por desempleo, se tendrán en cuenta las cotizaciones habidas desde el nacimiento del derecho de dicha prestación. La traducción es que si te has quedado en paro, la cuenta del INEM para a cero de nuevo. Eso sí, en caso de volver a quedarte en paro podrás elegir entre la nueva prestación o lo que te reste por disfrutar de la antigua.

Qué cotizaciones se tienen en cuenta

Ya has visto que la duración de la jornada no es un elemento determinante para el Servicio Público de Empleo Estatal a la hora de calcular el tiempo de paro, pero sí hay otros. En este sentido,

  • Sólo se valorarán las cotizaciones que no hayan sido computadas para cobrar el paro anteriormente.
  • Los días de vacaciones retribuidos y no disfrutados se considerarán periodos de ocupación cotizada. Es decir, también cuentan a efectos de la duración de la prestación por desempleo.
  • No se computarán las cotizaciones efectuadas por el SEPE y el trabajador durante los periodos de abono de la prestación por desempleo. Si estás parado no se añaden días de cotización.
  • En colectivos de emigrantes retornados y liberados de prisión la duración del derecho se determinará en función de las cotizaciones correspondientes a los seis años anteriores a la salida de España o al ingreso en prisión respectivamente, salvo cuando los trabajadores tengan cotizaciones computables en el extranjero o en prisión, en cuyo caso, los seis años hacia atrás se calcularán desde la fecha que finalice la relación laboral.

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¿Y si no llego al año?

Si no llegas al año cotizado no podrás acceder a la prestación por desempleo, pero sí a otro tipo de paro, el subsidio por desempleo. En este sentido también se exigen una serie de periodos mínimos de cotización que variarán en función de las cargas personales. Cuanto mayores sean estas, mayor será el tiempo de subsidio.

  • Con cargas familiares y cotización de 3, 4 o 5 meses. Podrás cobrar el paro durante los mismos meses que hayas cotizado.
  • Con cargas familiares y 6 meses o más cotizados. Cobrarás 21 meses de subsidio por desempleo, aunque el derecho se reconocerá por periodos de seis meses.
  • Sin cargas familiares y menos de seis meses cotizados. No tendrás derecho a cobrar.
  • Sin cargas familiares y seis meses o más cotizados. En este caso el SEPE nos ingresará el dinero durante seis meses.

Requisitos para poder cobrar el paro

Si quieres cobrar el paro deberás cumplir una serie de requisitos y obligaciones. Para empezar, habrá que ir – antes de 15 días a alguna de las oficinas de empleo para darse de alta como demandante de empleo siendo este un paso importante que tienen que dar para así solicitar tu prestación por desempleo.

A partir de ahí,  los requisitos para acceder a la prestación por desempleo:

  • Darse de alta en la Seguridad Social en el régimen que permita la prestación por desempleo.
  • Deben haber trabajado y cotizado por 360 días de mínimo en los 6 años anteriores al desempleo.
  • Además no deben haber cumplido la edad de jubilación
  • También hay que acreditar desempleo por despido o finalización de contrato, aunque también puede ser por haber quedado en una reducción de jornada por más de un tercio de la duración inicial que haya estado pactada. Lo que no se puede es cobrar el paro tras dejar voluntariamente el puesto de trabajo.

Si cumplen con estos requisitos, bastará con acercarse a alguna de las Oficina de Empleo, lo más normal es que sea la que corresponda por domicilio, y  presentar la solicitud dentro de los 15 días hábiles que contarán a partir de que acabara el contrato.

Lo que sigue son unos trámites y documentos que deben presentar para solicitar la prestación, estos se pueden realizar de dos maneras   presencial o telemáticamente. De manera presencial deben entregar los certificados de cada empresa en que se emplearon solo los últimos 6 meses, junto a una copia de los documentos de cotización de los 180 últimos días cotizados y el DNI.

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Imagen – Stephanie Frey y lassedesignen Shutterstock

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