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Causas para retirar prestación por paro

Si que ha levantado revuelo los dichos de José Luis Feito, de la CEOE sobre la quita de la prestación por paro a quienes rechacen la primera oferta de empleo, algo que en verdad no puede meterse a todos en la misma bolsa, ya que cuantos desempleados existen con masters y sobrada experiencia que deben casi que rebajar sus pretensiones y salario, no señores eso no es rechazar empleo eso es querer cuadrar la oferta o empleo a su experiencia lo que es mas que justo por que si alguien ocupa un cargo intermedio debe resignar sueldo y experiencia por emplearse en un cargo menor o que le digan que está sobrecalificado.

Eso se llama querer sacar de la bolsa del paro y meterla en la de empleo a como de lugar para bajar estadísticas, pero al costo de menores salarios y empleo precario y con la posibilidad de no cobrar el paro en 2012.

Esto hace que reveamos cuales son las causas por la que pueden quitarles la prestación por desempleo:
-Rechazar ofertas de empleo:
Actualmente existe castigo por rechazar pero hasta cierta cantidad de veces una oferta “adecuada” el castigo llega después de tres rechazos y pierden el subsidio por desempleo, esto es justo en cierto punto ya que se da una cantidad de veces peor también es verdad que habría que agregarle la posibilidad de justificar el por que del rechazo.

El Servicio Público de Empleo Estatal castiga como infracción grave rechazar la oferta de empleo que sea “adecuada” también si el desempleado no quiere participar en programas de empleo o formación hasta ahí puede tomarse como algo justo.

Pierden la prestación por desempleo por hasta 3 meses.
Si reinciden en lo mismo, perderán la prestación otros 6 meses
Si rechazan por tercera vez, se les retira permanente el subsidio por desempleo.

Las demás causas para perder este subsidio por desempleo pueden ser:
En caso de finalizar el período reconocido para percibir la prestación por desempleo.
Por fallecimiento del beneficiario.
Pasar a ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente (total, absoluta o gran invalidez), si existe la incapacidad permanente total se podrá optar por la prestación que sea más favorable.
En caso de estar trabajando por cuenta ajena que tenga una duración igual o más de 12 meses
Si se tiene un trabajo por cuenta propia también de duración igual o sobrepase los 24 meses.
Al ser beneficiario y cumple la edad ordinaria de jubilación, excepto que el trabajador no ha acreditado el período de cotización requerido para este caso.

En caso de no comunicarlo, solo en casi de estar justificado, también la baja en la prestación por no contar con los requisitos para cobrarla.

En caso de ser beneficiario y recibir una sanción por infracción que genere perder este derecho. En ese caso puede ser no renovar la demanda de empleo en el termino que lo fije la Entidad Gestora solo si está debidamente justificado o si no se cumple las exigencias de búsqueda activa de empleo perderán el subsidio por 1 mes.

Si reinciden, existe una segunda infracción perderán del subsidio por 3 meses, la tercera infracción implica perder el subsidio por 6 meses y a la cuarta infracción pierden el subsidio permanentemente.

También si llegan a compatibilizar la prestación por desempleo con un empleo por cuenta propia o cuenta ajena. Solo no cuenta para trabajos a tiempo parcial si el trabajador eligió seguir cobrando el subsidio por desempleo si es así la renta no deberá ser más del 75% del Salario Mínimo Interprofesional que llega a los 641,4€ por mes.

Existe la posibilidad de quitar el derecho a la prestación económica por desempleo y, la ayuda por fomento de empleo por 1 año.

Estas son varias de las causales para perder la prestación por paro y que en algunos casos podrían verse alguna modificación y para mal.

Fuente: Eleconomista

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