Siendo tal vez el colectivo que la lleva peor en medio de la crisis, la noticia de que la comisión de Trabajo del Congreso ha aprobado, por unanimidad, el proyecto de Ley que regula la protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos, que además incluye la enmienda transaccional que ha sido pactada por todos los grupos, la que permite elevar de 6 a 12 meses la duración de las ayudas.
De esta manera, los autónomos deberán aumentar su cotización del 1,8% que estaba previsto -una bonificación del 0,5% por accidentes de trabajo-, pasando al 2,2% sin modificar la bonificación del 0,5%. Aquellos autónomos que tienen derecho a percibir una prestación de 12 meses, tendrán que cotizar por un mínimo de 48 meses para poder cobrar el paro.
Mientras que los demás tramos constan de:
Con 1 año de cotización pueden percibirse 2 meses de paro
Entre 18 y 23 meses de cotización, pueden percibirse 3 meses de paro
Teniendo entre 24 a 29 meses, pueden percibirse 4 meses de paro
De entre 30 a 35 meses, pueden percibirse 5 meses de paro
Con entre 36 a 42 meses, pueden percibirse 6 mese de paro
Teniendo de 43 a 47 meses de cotización, se puede percibir 8 meses de prestación.