Cobrar protección por desempleo

Con el crecimiento de la tasa de paro en septiembre, es bueno refrescar la guía de la protección por desempleo para saber quién puede cobrar el paro y cuánto así que aquí podrán saber cuales son los requisitos, la cantidad y el tiempo en que podrá cobrar la prestación por desempleo.

Actual y aproximadamente se pueden beneficiar 2,7 millones de desempleados, de los más de la mitad perciben prestaciones asistenciales y los demás el resto son contributivamente.

Acceder a la prestación contributiva

Los que pueden acceder a esta prestación, son todos los que estén en situación legal de desempleo y deben haber cotizado por un mínimo de 360 días (12 meses) esto dentro de los 6 años previos a que fueran desempleados.

Se puede acreditar después del despido el que podrá ser individual o un despido colectivo; o después de haberse extinguido un contrato temporal o pasado el periodo de pruebas; por una suspensión temporal de empleo o reducción de jornada en un expediente de regulación de empleo (ERE); por la muerte, jubilación o incapacidad del empresario, o una vez declarada la incapacidad permanente total del trabajador para la profesión habitual.

Se establece que si se genera la marcha de manera voluntaria de la empresa, no da derecho a cobrar la prestación contributiva, pero si sucede alguna de las siguientes posibilidades puede que sí:
Un traslado del centro de trabajo por el que deban residir en otra ciudad, que se de una modificación significativa en cuanto a las condiciones de empleo en la empresa esto puede entenderse por: horario, jornada o turnos. También existe un grupo aparte de causas justas siempre a dictamen del juez o del acta de conciliación, solo en estos últimos casos se dará la salvedad. Además podrá acceder al llamado por algunos seguro de paro, los que vuelvan a España cuando les haya finalizado el contrato en otro país.

Incompatibilidades

En el medio puede haber alguna incompatibilidad que impida obtener esta prestación, por lo que deben evitar tener una actividad por cuenta propia, esto sin importar cuanto tiempo le pudieran llevar así solo fueran dos horas. Tampoco deben estar cobrando una pensión de la Seguridad Social, únicamente en este caso si la de jubilación parcial o las que no fueran compatibles con el empleo al que está asociada la prestación.

La cantidad de la prestación contributiva

Sin dudas que esta parte es de la que más importa,, saber de cuanto es la cantidad por día de la prestación contributiva, esta llega al 70% de la base reguladora del empleado por los primeros 6 meses de derecho, desde ahí bajará al 60%.

Cálculo de la base reguladora

Para lograr el cálculo de la base reguladora, esta es calculada al sumar las bases de cotización por contingencias profesionales solo contando al de los últimos 180 días cotizados a la Seguridad Social luego habrá que dividir entre 180.

Topes máximos y mínimos

Por ley queda establecido año a año los topes máximos y mínimos, para este año 2011, el mínimo mensual de la prestación queda en (497 euros),en caso de no tener hijos a cargo, y de (664,74 euros), si tiene un hijo a cargo.

Mientras que el máximo mensual queda en (1.087,20 euros), si no se tienen hijos a cargo; de (1.242,52 euros), por tener un hijo a cargo, y será de (1.397,83 euros), si tienen 2 o más hijos a cargo.

Para esto se considera hijos a cargo siempre que estos sean menores de 26 años y en caso de ser mayores con discapacidad deben convivir con el demandante dela prestación además de que sus rentas no superen los (641,40 euros) mensual.

Si la situación de desempleo se debe a la pérdida del empleo pero este es a tiempo parcial, en ese caso los importes máximos y mínimos quedarán reducidos de manera proporcional a la jornada laboral.

Estos son alguno de los aspectos a considerar al momento de saber si les corresponde cobrar la prestación por desempleo.

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Imagen: economiasimple

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