Dada la crisis económica ocasionada por la pandemia de coronavirus, no está siendo un buen momento en lo que respecta a la situación laboral. Millones de españoles han perdido durante estos meses sus puestos de trabajo, y actualmente se encuentran recurriendo a las ayudas económicas facilitadas por el Gobierno, las ya tan conocidas prestaciones por desempleo.
Ante la problemática situación de encontrar empleo como trabajador por cuenta ajena, han sido bastantes los trabajadores que se han decidido por comenzar su trayectoria laboral como autónomos, por arriesgado que parezca en un momento tan complicado como este. Para poder dar un paso tan importante y decisivo como este, una de las primeras cosas a realizar es darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Pago único del desempleo para ser autónomo
En cuanto a la prestación por desempleo, es importante conocer que la podemos reclamar en un único pago, que nos podrá servir para comenzar a invertir en nuestro nuevo negocio, o bien como socio de alguna empresa ya existente. Claramente, existen una serie de requisitos y condiciones para poder tener acceso a este pago único de la prestación.
Para comenzar, una de las primeras condiciones que se nos impone, es que no podremos reclamar una operación como esta si ya hemos hecho uso de ella en un periodo de cuatro años. También será necesario que nos queden al menos tres meses de paro, y no podremos darnos de alta como autónomos hasta que consigamos solicitar de manera formal el pago único.
Por lo tanto, en el momento en que nos lo aprueben, dispondremos de un periodo no superior a un mes para poder darnos de alta en la Agencia Tributaria, ya sea como empresario o como trabajador por cuenta propia.
Por supuesto, además de las condiciones que se exigen para poder solicitar la capitalización de la prestación por desempleo, también se requiere el cumplimiento de ciertas modalidades.
Todo depende del futuro laboral que decidamos escoger, ya que por ejemplo, para fundar una sociedad mercantil, será posible solicitar el pago en su totalidad. De no poder conseguir todo el dinero, lo vamos a poder compensar mediante la reclamación de los pagos de las cotizaciones a la Seguridad Social, la conocida cuota de autónomos.
Por el contrario, si decidimos fundar una cooperativa, nos encontraremos con derecho a solicitar el pago correspondiente a la cuota de ingreso que hay que asumir, además de los gastos referidos a las aportaciones obligatorias y voluntarias que se tendrán que asumir después. Es importante destacar que también en este caso podremos solicitar el pago único para poder hacer frente a los gastos de cotizaciones que nos impondrá la Seguridad Social.
Por último, si lo que tenemos pensado es fundar una sociedad laboral, en este caso debemos solicitar la capitalización necesaria para poder obtener acciones o participaciones del capital social. Se dispone también del derecho a solicitar que el dinero restante se destine al pago de las cuotas para autónomos, así como para el pago de acciones o también para cubrir los gastos respecto a las participaciones.