¿Cuanto puedo estar recibiendo la prestación?

Los parados están cada vez mas informados de todo lo referido a la prestación por paro y en eso estamos tocando los diferentes temas que abarca el quedar en el paro algo lamentable pero que tiene muchos aspectos a saber de cómo sellar el paro, cobrar la prestación por paro y por cuanto tiempo. El saber cuanto se puede cobrar por la prestación por desempleo y por el tiempo que lo cobrarán.

Verán que pueden calcular la prestación por desempleo, para poder saber cuánto cobrarán de paro y el tiempo, claro que antes deben solicitar el paro y cumplir requisitos como:

-Existen 15 días hábiles para solicitar la prestación por desempleo desde el mismo día en que queden desempleados.
-Haber quedado en situación legal de desempleo.
-Ser afiliado a la Seguridad Social y estar dado de alta en un régimen por la contingencia por desempleo.
-Deben haber cotizado 360 días de mínima en los anteriores 6 años a la fecha de extinción del contrato de trabajo.

En caso que el empresario incumpliera la obligación de alta, afiliación y pago por las cotizaciones de su trabajador, este no pierde sus derechos, sí deben llevar adelante una acción legal para que se le reconozca la prestación.
-No contar con una tener la edad ordinaria de jubilación.

Si bien hay situaciones en que podrán cobrar la prestación por desempleo por mas que tuvieran la edad de jubilación ordinaria. Siempre que la situación de paro se debe por el cese de la relación laboral o reducción de la jornada laboral por un ERE.

-Compromiso de Te tienes buscar empleo activamente y de formarse mientras cobran el paro, por lo que deben acreditarse en la oficina de empleo la disponibilidad de buscar trabajo.

Periodo por el que se cobra la prestación de paro:

En este caso deben calcular y así saber cuánto cobrarán de paro, es el ver las 6 últimas nóminas recibidas. Figura en el apartado de «base de contingencias comunes«, deben contar dicha cantidad que corresponde a cada una de las últimas 6 nóminas, deben sumar y dividirlas por 180 días; esto les dará cual es la base reguladora diaria. Teniendo la posibilidad de cobrar el 70% de la base reguladora en los primeros 180 días, por los primeros 6 meses podrán cobrar el 70% de la base reguladora diaria al multiplicarla por un total de 30 días.

Luego de se plazo pasará a ser del 50% en la base reguladora, lo que es un gran cambio ya que antes de la reforma laboral cobraban el 70% de la base reguladora en los primeros 180 días y por lo que quedaba del periodo era el 60%.

Lo que no todos saben es que sobre el monto a cobrar por el paro, deben pagar impuestos de IRPF y de cotización a la Seguridad Social. Por ejemplo la cotización a la Seguridad Social está en el 4,7%, corre el total por parte del parado y es otra de las desventajas que nos deja la reforma laboral, ya que antes el parado debía pagar el 65% de la cuota a la Seguridad Social y el 35% restante el Estado, ahora no es así.

La prestación por paro debe pagar por IRPF; deben ver cual es el monto mínimo que deben pagar y que informa año a año la Agencia Tributaria.

Para los que no tengan hijos menores de 26 años a cargo la prestación por paro el máximo es del 175% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual al momento de solicitud y incrementado en la sexta parte. Para los que tengan hijos menores de 26 años a tu cargo el máximo del paro se sitúa en el 200% del IPREM mensual más una sexta parte del mismo que esté vigente en ese momento. Si tienes dos o más hijos menores de 26 años a tu cargo este máximo se sitúa en el 225% del IPREM mensual incrementado en una sexta parte.

Una vez sabido esto, deben saber cuánto les queda de paro:

De 360 a 539 días (120 días)

De 540 a 719 días (180 días)

De 720 a 899 días (240 días)

De 900 a 1.079 días (300 días)

De 1.080 a 1.259 días (360 días)

De 1.260 a 1439 días (420 días)

De 1440 a 1619 días (480 días)

De 1620 a 1799 días (540 días)

De 1800 a 1979 días (600 días)

De 2160 días (720 días)

La cantidad máxima que pueden cobrar por el paro puede llegar a los (1090€) por mes, y más de (1200€) con un hijo a cargo y más de (1.350€) por contar con 2 o más hijos a cargo.

En caso de ser parados pero no tener hijos a cargo el mínimo del paro alcanza el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y incrementado en una sexta parte. Los que tengan uno o más hijo a cargo cobrarán de paro el 107% del  Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) en una sexta parte.

Fuente: http://www.bloogie.es

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