La reforma laboral de 2012 hace que el despido procedente se pueda utilizar si en la empresa se reducen las ventas, aunque también puede suceder que la empresa tenga beneficios e igual acogerse al despido. Mientras que el despido improcedente va a pasar de los 45 a 33 días. otro cambio es el acumulado de máximo de 42 meses la nueva reforma lo baja a 24 meses.
Se dice que es una reforma laboral agresiva, aunque más que agresiva es dura en algunos puntos, tiene la característica de ya ponerse en marcha y que después deba pasar por el Parlamento. Esta es segunda reforma laboral en estos últimos 2 años.
El principal objetivo a atacar es la tasa de paro que tiene en su telaraña a unos 5,3 millones de desempleados, lo que es el 22,85% de la población activa ademá de contar la tasa de paro juvenil.
Principales puntos:
Son muchas las novedades de la reforma laboral, se puede hablar del abaratamiento del despido, se facilita el despido procedente, teniendo de indemnización 20 días por año trabajado y un máximo de 1 año de salario lo que les corresponderá al ser despedido de esta manera.
Aunque unos resaltan las facilidades de este tipo de despido, otros resaltan que se busca más que nada la contratación, además de fomentar los contratos indefinidos, y flexibilizar las condiciones laborales en las empresas y que estas no recurran primero al despido y también se centra en ayudar a los jóvenes.
Lo que mas preocupa es que el despido sea más barato, en cuanto al contrato indefinido ordinario que venía ofreciendo una indemnización de 45 días por año trabajado con hasta 42 mensualidades ya no va más.
En tanto que, la indemnización pasará a ser de 33 días por año trabajado y 24 meses con validez para todos los contratos, una de las novedades es que las compensaciones acumuladas no serán anuladas retroactivamente para los que estén con contratos indefinidos.
Pero si la indemnización acumulada hasta que fuera publicado el decreto es de más de 24 meses, no se perderá, y el cálculo si será hasta las 42 mensualidades siempre en este tipo de casos.
La reforma hace que, la indemnización acumulada para los contratos actuales sea de 33 días por año trabajado. También se ha buscado facilitar el cálculo, por lo que el importe indemnizatorio tendrá la posibilidad de superar los 720 días del salario, esta es otra de las modificaciones que ya se empieza a aplicar.
Causales de despido:
En cuanto a cuales son las causas para que las empresas puedan despedir con el despido procedente, esta modaldiad de despido lleva una indemnización de 20 días aunque se debería impulsarlo ya que no es de mayor uso en las empresas.
El despido procedente lo podrán utilizar las empresas cuando esta esté en pérdidas, ninguna novedad hasta acá, también si caen los ingresos o las ventas en tres trimestres consecutivos.
Una de las polémicas es el que se da más facilidades para despedir con 20 días de indemnización, aunque se destaca que no correrá el despido exprés que hacia que la empresa pagara 45 días por despido improcedente.
Otro gran cambio es la eliminación de la autorización administrativa que se necesitaba para poder pedir una reducción de jornada los ERE y los expedientes de regulación de empleo estarán supervisados. También se trata del abaratamiento del despido y no se deja que se continúe con la negociación con sindicatos por lo que ya no se podrá acceder a unas indemnizaciones de 90 días.
Fuente: Elmundo