La reforma laboral todavía ofrece novedades si bien no da buenas noticias en cuanto a creación de empleo existen nuevas enmiendas y modificaciones. El Ministerio de Empleo tendrá la oportunidad de intervenir con el objetivo de facilitar el pacto en los despidos colectivos esta es una de las últimas aprobaciones que promueven cambios trascendentes en la reforma laboral.
Este tipo de enmiendas debe ser aprobada definitivamente, pero si se sabe que se da autoridad laboral administrativa para fiscalizar la negociación de expedientes de regulación de empleo (ERE), otra tarea que podrá desarrollar será la de asesorar a una de las partes en caso que lo precise y también mediar con la finalidad de pactar despidos.
Otra de las novedades que se da, es en el nuevo contrato con 1 año de despido gratis este desaparecerá si milagrosamente el paro bajara del 15%.
Algo que se discute todavía en la reforma laboral es que se elimina la exigencia de tener una autorización administrativa en lo que se refiere a los expedientes de regulación de empleo (ERE). De parte del PP se da lugar a una enmienda con la que se cambiará lo referente a esto, por el motivo de que vuelve esta autoridad laboral administrativa que deberá desarrollar el Ministerio de Empleo y las consejerías de Trabajo autonómicas en cada caso permitiendo que los despidos colectivos puedan pactarse entre las empresas y los sindicatos.
Además de que esta ley deja que la autoridad laboral lance advertencias y recomendaciones a ambas partes cuando estén negociando un ERE cuando se de en periodo de consultas.
Por otro lado, siempre que lo pidan la Administración de parte de la empresa y los sindicatos, mediará con la finalidad de que se de el acuerdo buscado.
La Administración desarrollará asistencia lo que se traduce en asesoramiento, también cuando lo pidan alguna de las partes o hasta si la Administración lo considerara. Aunque en este punto hay acusaciones de favoritismo a las empresas, al decir que en cierta forma aumentaría el grado de acuerdo en los ERE, hasta el momento llega al 85% en el total de los casos.
Y si los sindicatos no llegaran a denunciar colectivamente los despidos de la empresa dentro de de 20 días, el empresario contará con 20 días más en el que deberá su como reza el texto «interponer una demanda con la finalidad de que los despidos se declaren ajustados a derecho». En caso de que se lograra, la sentencia que aprobara el ERE permitirá además limitar el total de los recursos individuales que fueran posteriormente a esto, evitando que se reemplacen demandas colectivas en los ERE a causa de una alta cantidad de demandas individuales que colapsara los juzgados.
Ambas partes si lo precisaran podrían recurrir a la mediación de los servicios de intermediación y arbitraje pactados en las negociaciones. El PP estuvo activo en las enmiendas, ya que el PP logró incluir la limitación en lo que hace a recursos individuales a los tribunales de los ERE en cuanto a los trabajadores despedidos.
Un agregado más son las nuevas causas económicas. En estas enmiendas que fueron aprobadas se encuentran nuevas causas económicas para despidos objetivos, esto hace que también cuenten como causas económicas si se da una caída en el nivel de ingresos o ventas ordinarios por 3 meses que deberán ser seguidos al compararse estos trimestres separadamente con el trimestre del año anterior y demostrar tal caída de ingresos o ventas. La polémica se da en que será usada esta causa por sectores entre ellos el de la hostelería aunque a salvedad que es muy raro que pasen por tres trimestres seguidos de caídas.
Fuente: Cincodias
Imagen: http://asturgalicia.net