Sellar la cartilla de forma periódica en calidad de parado es imprescindible para percibir la prestación por desempleo: de no renovar la demanda pueden sancionarte con la suspensión temporal o, incluso, definitiva de ese derecho social. Te contamos todas las claves para que evites quedarte sin cobrar el paro.
Al solicitar la prestación por desempleo resulta habitual que el funcionario que nos atienda haga hincapié en las obligaciones del parado. No en vano, para poder cobrar el paro hay que cumplir una serie de condiciones y, además, llevar a cabo distintos trámites de forma periódica.
Así, entre los deberes del desempleado, se encuentra la de aceptar trabajos en determinadas condiciones o la de presentarse a las entrevistas de empleo que concierte el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), el antiguo Instituto Nacional de Empleo (INEM). No obstante, cabe la posibilidad de esquivar ambas cuestiones en ciertas circunstancias.
Obligación del desempleado de sellar el paro
A ellas se une la obligación de sellar el paro de forma periódica. En este caso hay pocas excusas que valgan, ya que el SEPE exige acudir a una de sus oficinas o realizar el trámite on line. Aquí te explicamos cómo sellar el paro a través de Internet.
Solicitar el paro: sólo en persona
Pero comencemos el proceso desde el principio para resolver todas las posibles dudas que puedan surgir. Partiendo de un mínimo de días cotizados para cobrar el paro, para solicitar la prestación de desempleo no podrás hacerlo de forma telemática, sino que debes hacerlo de manera presencial en una oficina del SEPE.
Asimismo, ten presente que debes estar inscrito como demandante de empleo para percibir las prestaciones por desempleo. Efectuado ese trámite sabrás a cuánto tiempo de paro tienes derecho y ya podrás cobrarlo. No obstante, es imprescindible renovar la demanda mientras estés recibiendo ese apoyo económico.
¿Qué hago si se me olvida sellar el paro?
Si se te ha pasado sellar el paro, o por la circunstancia que sea no has podido hacerlo, el castigo mínimo será la pérdida de la prestación por espacio de un mes. También puede ser mayor la ‘pena’ temporal e, incluso, llegar a perder ese derecho social definitivamente.
¿Cuántas veces has dejado de renovar la demanda por desempleo?
Puede decirse que el SEPE es duro en sus sanciones si se te olvida sellar el paro, pero también paciente. El antiguo INEM permite hasta cuatro faltas. Las consecuencias en cada uno de esos escenarios son las que figuran a continuación:
- Si se te olvida sellar el paro una vez, el SEPE puede retirar la prestación durante un mes por ser una infracción leve.
- Si se te olvida sellar el paro dos veces, la sanción ascenderá a tres meses sin prestación por desempleo o subsidio, si fuese el caso.
- Si se te olvida sellar el paro tres veces, perderás seis meses de paro, con lo que teniendo en cuenta que el máximo de la prestación es de 24 meses, en ese punto habrías consumido ya 9 meses. Es decir, más de un tercio de lo que podrías cobrar.
- Si se te olvida sellar el paro cuatro veces, perderás la prestación definitivamente.
Para los supuestos de reincidencia no es necesario que el incumplimiento sea siempre del mismo tipo (en este caso, no renovar la demanda de empleo). Por tanto, se aplicará esta escala a partir de la primera infracción, cuando entre una falta leve y la anterior no hayan transcurrido más de 365 días. Por tanto, el número de olvidos sólo se irá sumando si no ha pasado más de un año entre uno y otro.
Esas sanciones también pueden aplicarse a los requerimientos del SEPE para asistir a entrevistas de trabajo (diferentes tipos de infracciones que se acumulan). Según la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, de 4 de agosto del 2000, “no comparecer, previo requerimiento, ante los servicios públicos de empleo o las agencias de colocación cuando desarrollen actividades en el ámbito de la colaboración con aquéllos y así se recoja en el convenio de colaboración, o no renovar la demanda de empleo en la forma y fechas que se determinen en el documento de renovación de la demanda, salvo causa justificada».
Cómo actuar si te has olvidado de sellar el paro
Si se te ha pasado el plazo para sellar la prestación por desempleo, lo primero que debes hacer es renovarla, aunque sea tarde. Cuando el despiste tiene lugar el mismo día en que se cumple la fecha límite y la oficina del SEPE ya está cerrada, lo mejor es usar la opción on line para cumplir con el trámite.
Si el retraso es de un solo día, puedes acudir a la oficina del SEPE, explicar el descuido o tratar de renovar el paro por Internet, ya que si el sistema te deja hacerlo es posible que no medie sanción. En periodos superiores a una semana, lo normal es que el Estado haya puesto en marcha la maquinaria sancionadora y ya hayas recibido la pertinente comunicación.
¿Puede evitarse la sanción por olvidar sellar el paro?
Si ya tienes en tu poder la carta del SEPE o si te presentas en la oficina al día siguiente de que expire la fecha de la sanción, debes tener claro que es posible evitar el castigo siempre que seas capaz de justificar el descuido. Por justificar se entiende el hecho de que exista una causa plausible que explique el hecho de no haber atendido tus obligaciones como parado.
Causas justificadas para dejar de renovar la demanda por desempleo
El plazo para presentar alegaciones es de 15 días hábiles desde que recibes la sanción y, entre las justificaciones más habituales que el SEPE suele aceptar, figuran la de enfermedad, debidamente acreditada con una baja médica -sí, en paro también podrás solicitar una baja médica-; estar en un proceso de selección o formación -también debidamente justificado-; o cuestiones personales o deberes públicos que puedas demostrar.
Si tu caso llega a buen puerto y consigues un trabajo, lo cual te deseamos, sólo te quedaría darte de baja del paro.
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Son unos cabrones si por razones o no se te olvida sellar que te sancionen me parece un mal ejemplo y un abuso a toda estas personas que estan paradas,el gobierno deveria plantear un poco el sistema pero a ellos como que se las recalan.No hay derecho hacen lo que quieren con nosotros nos deshucian nos dejan sin trabajo y en la calle y aun encima que te hagan cada vez mas recortes esto es intolerante¡deveriamos unirnos entre todos y dar el mal ejemplo que nos estan dando ellos asaltando centros comerciales y demas para que vean que no somos unos titeres espabilemos ya y hagamos algo de una vez por todas no tengamos miedo y luchemos por nuestra libertad de derechos.
harto de este sistema cada vez mas trabas y mas complicado todo estar en paro nunca se me abria ocurrido que tambien te cuesta caro con internet oficinas interconectadas no son capaces de ponerlo online los estados de los parados que cuando dejen un trabajo entren automaticamente en paro no se puede hacer….. el caso es complicarnos la vida cada vez hay que mover mas papeles mas sanciones un puta locura para alguien que no se sabe manejar en estos temas es deprimente
1. Recibida la propuesta de sanción, tienes un plazo de 15 días para hacer alegaciones al respecto e intentar que no te pongan la sanción. Una vez hecho esto recibiereis una carta donde rechazan vuestra alegación y os comunican la sanción. Tened en cuenta que la Administración es Juez y parte, por lo que rechazará automática y sistemáticamente todas estos escritos.(por mucha razón que llevéis). de igual modo os conceden un plazo para oponeros. 2. Ahora toca oponerse a la sanción mediante la interposición del mismo escrito, (llamado Recurso de reposición) pero dirigido al organismo competente que figura al pie de página de la sanción. Y del mismo modo rechazarán vuestra solicitud. por haber agotado esta vía, tenemos Derecho a ir a la vía judicial. 3. Ahora toca la vía judicial: es aquí donde podemos ganar y ganaremos. y es gratis ( no hay que pagar tasa ni es obligatorio abogado).
Por cierto, Acabamos de recibir la sentencia del Juzgado de lo Social y hemos ganado. así que: Nos devuelven el mes de sanción que nos habían quitado por no sellar el paro.!! Como os comentaba el procedimiento es gratuito. quien quiera puede probar suerte por su cuenta Yo como abogado cobro por todo el procedimiento 75 € mi tf es 610 287 056 whatsapp también! Un saludo
Hola Juan,
Quería saber si sigue funcionando lo que comentas para evitar la sanción y si es así cuales son los pasos a seguir para que lo trámites. Gracias.
Un saludo,
Ray
Buenas Ray,
Los trámites son los que se explican en el artículo, es decir, dirigirse a la oficina del SEPE y presentar los justificantes de por qué no sellaste el paro.
Hola,
no por casualidad no he sellado el paro hace un poco más de dos meses. Evidentemente no me están pagando el subsidio. Mis preguntas son las siguientes:
1. ¿En este caso se me quita un mes de paro o se me quitan más meses?
2. He podido darme de alta otra vez a través de internet, pero en el documento DARDO me pone quepara poder participar en el proceso de intermediación, que he de realizar la entrevista ocupacional. No sé si con este documento ya se supone que voy a cobrar la prestación por desempleo, y si debería a ir a hacer la entrevista otra vez de todas formas.
Un saludo y muchas gracias
Hola, no he entendido muy bien la primera parte ¿estaba cobrando la prestación y ha dejado correr el sellado dos meses perdiendo el subsidio?
Saludos
Hola, ojala puedan atudarme estoy desesperada, me acabo de dar cuenta que tenía que haber sellado el día 6, han pasado muchísimos días, el motivo es que tengo un bebe de tres meses y se me ha olvidado me dedico todo el día a ella, a mi todavia no me ha llegado ninguna carta, he entrado a ver si pkdia renovar y me sale que tengo que pasarme a la oficina, quiero saber si en caso de recurrir puedo poner ese motivo a algo parecido? Gracias por la ayuda
Hola yo me he dado cuenta 6 días desp de la fecha de renovación y tengo justificante del dentista tengo que esperar que me llegue la carta para justificarlo????
Es indignante que nos traten así
https://www.change.org/p/sepe-servicio-p%C3%BAblico-de-empleo-estatal-modifiquen-la-normativa-sancionadora-por-no-sellar-el-paro-en-la-fecha-determinada?recruiter=58378455&utm_source=share_petition&utm_medium=copylink
Recibida la propuesta de sanción, tienes un plazo de 15 días para hacer alegaciones. Tened en cuenta que la Administración es Juez y parte, por lo que rechazará automática y sistemáticamente todas estos escritos.
2. Ahora toca oponerse mediante la interposición del Recurso de reposición
3.Por haber agotado esta vía, tenemos Derecho a ir a la vía SOCIAL que es donde estamos ganando estos procedimientos .
Es totalmente imprescindible contar con un justificante. Lo mas habitual es o bien un justificante médico (publico o privado). El justificante de haber estado al cuidado de un hijo tb es válido.
o bien un certificado de que el día en cuestión estabais es una entrevista de trabajo.
SOLO hay que justificar el día que no se sello. NO ES NECESARIO JUSTIFICAR EL RESTO DE LOS DÍAS.
Solo para info de todos los que preocupados entran aquí porque se les ha olvidado renovar la demanda de empleo (sellar): ya no se sanciona . Solo hay que ir a dar el alta nuevamente y reanudar la prestación .
El funcionario me explicó que hace más de un año que se eliminó la sanción y efectivamente he cobrado todo
Hola terminé de trabajar el viernes pasado como me anoto en el paro. Ya tienen mis datos tengo que renovar o inscribirme devuelta y como me anoto como demandante de empleo ?