Contrato para la Formación Dual

Una de las últimas aprobaciones del Gobierno español en materia laboral, es la aprobación del decreto para el Contrato para la Formación Dual. La aprobación se dio a partir de que el Consejo de Ministros dio bendición al Real Decreto que permite el Contrato para Formación y el Aprendizaje con lo que se puede avanzar en la Formación Profesional Dual, impulsada por los ministerios de Empleo y Seguridad Social y Educación, Cultura y Deporte de España. Todo con el objetivo de frenar el paro juvenil.

A partir del decreto el Gobierno pondrá en marcha la mejora en la formación y la profesionalización en favor de los jóvenes y que puedan acceder a una formación, la que sea a fin a las empresas, y a su vez que se de formación al conjunto de trabajadores con escasa o sin cualificación.

En cuanto al contrato para la formación y aprendizaje, del Ministerio de Empleo, es encarga de regular un nuevo modelo que compita con la educación reglada, y que como principal aspecto es el de conjugar formación y trabajo, permitiendo que un trabajador que no posea título tenga la posibilidad de pueda obtener créditos de módulos de Formación Profesional de grado medio o superior y mejorar sus posibilidades laborales.

Por otro lado, el Ministerio de Educación, aporta las bases de la Formación Profesional Dual del sistema educativo,al fomentar la enseñanza con aprendizaje dentro de la empresa y en el centro de formación a la vez, con un nuevo papel de parte de las administraciones educativas autonómicas que deberán firmar convenios con empresas para que los alumnos puedan acceder a formación en práctica y remunerada para tener mejores oportunidades.

Algo que se destaca es el objetivo en común de dos ministerios en cuanto a la formación, además de considerar el conocimiento relacionado con las empresas por dentro, el impulsar el ingreso laboral desde una edad anterior a como se daba hasta hace algunos años en cuanto a los jóvenes.

Se trata de una norma, de nivel laboral y educativo, permitiendo más y mejor formación y empleabilidad de jóvenes para que no caigan en el paro juvenil. También se trata de que la formación esté relacionada con las necesidades de los sectores más productivos y las empresas con lo que en un plazo medio debería verse algunos resultados como una caída o freno en la tasa de paro juvenil y mayor inserción laboral de los jóvenes y hasta al entrar al mercado laboral con una formación de nivel se dará una mejora salarial.

Contrato para Formación y el Aprendizaje:

En el Contrato para Formación y el Aprendizaje, que figura en la Reforma Laboral,deberán formalizarlo por escrito, su duración mínima será de 1 año hasta 3 años. Aunque tenga esta duración el contrato tendrá que tener carácter indefinido ordinario.

También da lugar a que exista una oportunidad que el mismo alcance los 6 meses, en caso que quede pactado por el convenio colectivo. Una de las finalidades es la de que logren la cualificación profesional los trabajadores pasando por un proceso en el que se alternen la actividad laboral y la formación en el empleo para con la formación acceder al certificado de profesionalidad de 585 que existentes o en todo caso lograr el título de FP, sobre 100. A este contrato podrán acceder los trabajadores con una edad entre 16 y 30 años.

Es definido como un contrato que brinda una máxima protección social, junto a la protección por desempleo, desmintiendo que sea un contrato basura para jóvenes. Contempla que se de un periodo de formación mínimo del 25% de la jornada laboral para el primer año y en los próximos años del 15%.

Serán los centros de formación los 6.000 de Formación Profesional, 7.000 centros del sistema educativo y en todo caso en la empresa, cuando exista un centro que esté debidamente homologado con los servicios de empleo estatales. En lo que hace al conjunto de trabajadores con discapacidad se beneficiarán al ampliarse la duración del contrato por 4 años, dependerá de cada caso, además el 25% del tiempo de trabajo efectivo lo podrán aprovechar para rehabilitarse, o en todo caso para la habilitación o ajuste personal o social según también cada caso.

En cuanto a la formación puede ser presencial o telemática, para esto las empresas deberán disponer de un tutor que deberá llevar adelante el plan de formación del trabajador en la empresa.

Mientras que en empresas que tengan menos de 250 trabajadores, tendrán el beneficio del Estado ya que les bonifica el 100% de las cuotas a la Seguridad Social y si fueran empresas de más de 250 trabajadores, la bonificación será del 85%.
Al acabarse su contrato, el trabajador y en caso que siguiera en la misma empresa bajo un contrato indefinido, continuará la bonificación en el contrato por la Seguridad Social, pagándose unos 1.500€ por año en los primeros 3 años del contrato indefinido; y si fuera una trabajadora serán 1.800€ por año por ser mujer.

El Contrato para la Formación Dual a dichos del ministro de Educación, José Ignacio Wert, se trata de conseguir mayor empleabilidad cualificada en los jóvenes, y reducir el máximo que se pueda la tasa de abandono escolar temprano, que es de más del 26% un 115 más que la tasa media de Europa que es del 15%.

Una de las mejoras de este tipo de contrato, es que habrá un crecimiento en lo que es el tiempo entre formación y prácticas, la formación en el centro de trabajo será al menos del 33%, y los ciclos de 3 años. Una vez que acaben la formación estarán mejor preparados que los anteriores todavía. Esto será gracias a los convenios entre empresas y centros de Formación Profesional (FP), y la FP Dual, aclaran que no se trata de un contrato laboral además de carecer de la Seguridad Social, o salario puramente formativo.

Pero si tienen la oportunidad de beneficiarse de becas de la administración educativa o de la empresa. Otro beneficio que darán algunas empresas serán una especia de compensaciones para alumnos, entre 280 euros y 500 euros.

Imagen: http://www.somonline.es

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