Cobrar el paro es un derecho de todo ciudadano que no está exento de obligaciones. El Estado pedirá al desempleado que busque activamente trabajo que acuda a las entrevistas que el SEPE le concierte ¿Se incluye también la imposibilidad de viajar? ¿Se puede cobrar el paro estando en el extranjero?
Comenzaremos respondiendo a la pregunta que encabeza este artículo; sí, se puede seguir percibiendo la prestación por desempleo tanto estando en el extranjero por un corto tiempo como viajando al extranjero durante unos meses. Sin embargo, una cosa es que sea posible y otra que no deban cumplirse una serie de condiciones para poder hacerlo. Y es que el hecho de viajar fuera del país incluye unos matices importantes para el parado que, de no cumplirse en lo que se refiere a la legalidad vigente, pueden acarrear un perjuicio notable.
Lo primero que debes tener claro es que tendrás que comunicar a la oficina del SEPE en la que realices tus trámites el viaje. Si no informas del traslado te expondrás a una sanción. Otra cosa diferente es que debas ofrecer un motivo justificado para el viaje. Sólo cuando el desplazamiento fuera de nuestras fronteras supera un límite temporal tendrás que dar explicaciones.
En realidad, la obligación de informar es sólo la traducción de la obligación que tienes como parado de estar constantemente localizable para el SEPE, que podrá autorizar o no el desplazamiento.
Éstas son las limitaciones del paro y del SEPE en función del tiempo que tengas pensado pasar en el extranjero, que no deberá superar el año de duración.
Viajes de hasta 15 días naturales
Si tienes pensado desplazarte por un periodo inferior a 15 días no tienes que justificar el motivo del viaje. Esto se aplica, por ejemplo, a los viajes de vacaciones, desplazamientos para acudir a una boda, vistas a amigos y familiares e incluso acudir a un evento como un concierto o un partido de fútbol.
Si tu viaje es menor de 15 días, sólo tendrás que pedir autorización.
Viajas de de hasta 90 días naturales
Si vas a estar fuera del país más de 15 días pero menos de 90 días sin una justificación obvia, puedes comunicárselo a Hacienda y solicitar que te suspenda la prestación durante ese tiempo que estarás fuera del país. Bajo esta modalidad no pierdes tiempo de paro no dinero, solamente dejas de cobrar el paro mientras estés en el extranjero para volver a recuperarlo cuando regreses al país.
Esto es útil si, por ejemplo, tienes dinero ahorrado y quieres hacer un gran viaje o incluso si no tienes ese dinero y piensas viajar en plan mochilero costeándote el viaje con pequeños trabajos chapuza. Una vez te hayas cansado de viajar o hayas cumplido tus objetivos personales a nivel de experiencia vital podrás regresar a España y cobrar el paro que tenías pendiente.
En este caso también tendrás que solicitar al SEPE autorización para el viaje.
Viajes de hasta un año
El SEPE permite alargar la estancia en el extranjero hasta un año, pero en este caso sí tendrás que justificar la salida. Podrás ir al extranjero a trabajar, buscar trabajo, estudiar -siempre que los estudios sirvan para encontrar un nuevo empleo- o para realizar acciones de cooperación internacional. Durante ese tiempo se interrumpirá la prestación por desempleo y el subsidio, que podrás recuperar al regresar a España.
En este punto, sí hasta estado menos de un año fuera y no encuentras trabajo a tu regreso, podrás reanudar la prestación justo en el punto en que las dejaste, aunque es muy posible que el SEPE te exija la documentación que acredite el viaje. Es decir, deberás presentar la certificación del curso de formación, contratos de trabajo, billetes de avión o justificantes de las entrevistas laborales que hayas tenido.
Si has estado fuera más de un año perderás el derecho a recuperar el paro si el país al que viajeste era de la Unión Europea. Para países de fuera de la Unión Europea es posible solicitar el subsidio para emigrantes retornados y si has estado trabajando en la Unión Europea, pedir que se te reconozcan las cotizaciones en esos países y cobrar aquí ese paro acumulado, aunque esto dependerá del país del que regreses.
Si no justificas el viaje, te sancionarán
Para las salidas de más de 90 días debes ser capaz de justificar el motivo de tu viaje. Si te marchas del país por más de tres meses y no es para formarte, trabajar o con motivo de un proyecto de cooperación internacional el Estado te sancionará y perderás la prestación por desempleo.
Si eres inmigrante y regresas a tu país, perderás la prestación si no avisas y ni regresas al país en tres meses.
Exportar el paro
Si viajas al extranjero estando en paro existe una posibilidad para poder seguir cobrando la prestación y esta es cuando se viaja a un país de la Unión Europea para buscar trabajo.
Tras un proceso en el que habrá que comunicar previamente nuestra estancia y destino en la oficina deempleo, se nos pedirá la complementación de un formulario, que en el caso de que el destino sea un país de la Unión Europea se denomina U2.
Este formulario resulta tremendamente importante ya que será el que debamos presentar en el servicio de empleo nacional del país de nuestra estancia, donde tendremos que presentarnos con un plazo máximo de siete días con la copia del citado formulario.
Esta exportación de prestación, que en principio tiene un máximo de duración de tres meses (pero que puede ser prorrogables por seis meses) supone de hecho un traspaso a los servicios de empleo locales del destino que hayamos elegido, lo cual supone no sólo mantener el cobro de la prestación, sino que también supone que podamos acceder a propuestas y ofertas de empleo en dicho destino.
Debe quedar claro que una vez transcurridos los tres meses (y si no existe prórroga) se deja de percibir la prestación, por lo que, en caso de tener derecho aún a seguir percibiéndola en nuestro país, sería importante regularizar la situación, por ejemplo a través de la interrupción del cobro de la prestación que podrá ser reanudada a nuestra vuelta a España.
Cómo informar al SEPE
Como ya hemos explicado, es imprescindible informar al SEPE de tu intención de salir del país y éste debe autorizar el desplazamiento. La petición debe hacerse por escrito dentro de los 15 días anteriores al viaje y se hará a través del impreso de «Comunicación de Salida Ocasional al Extranjero».
El SEPE debe sellar la solicitud, que después deberás llevar al servicio de empleo de tu comunidad autónoma para informar de los días que hayas estado fuera. A la vuelta habrá que acudir de nuevo al SEPE y al organismo económico para informar del regreso.
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