Trabajar y cobrar el paro

Como el lector habrá podido comprobar, no realizamos una pregunta en el título de este artículo, sino que, hacemos una afirmación, ya que, efectivamente, se puede trabajar cobrando la prestación por desempleo, aunque como veremos con unas condiciones determinadas de restricción y desde luego en este caso hablamos de hacerlo al amparo legal.

En primer lugar debemos tener en cuenta que en todos los casos, esta posibilidad de cobrar el paro mientras se trabaja, se reduce a los modelos de contratación por cuenta ajena, nunca y en ningún caso será posible esta opción desde el régimen de trabajador autónomo. Por otro lado, otra de las condiciones fundamentales para qué se dé esta situación de trabajar de manera legal cobrando el desempleo, es la firma previa de un contrato legal de trabajo a tiempo parcial.

Trabajar y cobrar el paro

 

Existen dos opciones reguladas en función del modelo de prestación que se recibe;

Por un lado quienes cobran una prestación contributiva (la prestación por desempleo habitual) que podrán verse beneficiados de esta situación en caso de poseer un contrato a tiempo parcial al que se podrá llegar de diferentes maneras (cambio de estatus de contrato a tiempo completo a tiempo parcial, pérdida de un contrato parcial en una suma de dos, etc.)

En cualquier caso quienes se acogen a esta modalidad, verán lógicamente disminuir proporcionalmente los ingresos de su prestación de desempleo, ya que ésta, se regulará en función de él contrato a tiempo parcial y las horas de trabajo que éste proporcione. Es importante también tener en cuenta que la diferencia que proporciona los ingresos del contrato a tiempo parcial, dicho de otro modo la reducción de ingresos de la prestación, no revierte de ninguna manera de nuevo en el trabajador en forma de más tiempo o dinero en la prestación.

También será posible como decíamos que se dé esta situación cuando la prestación es asistencial, en este caso, y aunque el funcionamiento de la reducción de los importes de la prestación es equivalente al de una prestación contributiva, debemos saber que si el salario supera el límite máximo de la prestación asistencial, se puede suspender la recepción de la misma por superación del límite de rentas permitidas para cobro.

Detener el cobro de la prestación

Otra opción, efectivamente, es detener el cobro de la prestación durante el periodo de duración del contrato a tiempo parcial para ser reactivado dicho cobro tras el fin de la relación contractual.

En este caso se pueden distinguir dos opciones;

Para contratos inferiores a un año: tras el fin del contrato se reanudará la percepción de la prestación que ha aplicado la formula de reloj detenido; es decir, se seguirá teniendo derecho al mismo importe y periodo de tiempo de percepción que en el momento de su interrupción.

Para contratos superiores a un año: además de la opción anterior se brinda la posibilidad de solicitar una nueva prestación que tenga en cuenta las cotizaciones realizadas durante el contrato que ha interrumpido el cobro de la prestación.

 

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